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Interinos en España: TJUE respalda contratos indefinidos

Interinos en España: TJUE respalda contratos indefinidos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado este jueves la conversión de interinos en trabajadores con contratos indefinidos como medida contra el abuso de contratos temporales en la administración pública, sin otorgarles la condición de funcionarios de carrera.

Esta decisión no infringe el derecho nacional español ni la Constitución, que reserva el estatus de funcionario de carrera a quienes superan un proceso selectivo basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, según la sentencia.

«La conversión de contratos temporales sucesivos en contratos indefinidos es una medida adecuada para prevenir y sancionar abusos, siempre que no contradiga la Ley nacional», concluye el fallo.

La sentencia responde a dos casos españoles sobre interinos. En uno, una trabajadora nombrada funcionaria interina en 2005 para una plaza de técnico superior en la Generalitat de Cataluña, ha encadenado contratos hasta 2015. La administración intentó sacar su plaza a concurso, pero ella solicitó medidas cautelares, exigiendo ser reconocida como personal indefinido debido al abuso de temporalidad.

En el segundo caso, dos funcionarias interinas de la Administración de Justicia de Cataluña, con 37 y 9 años de antigüedad respectivamente, piden ser convertidas en funcionarias de pleno derecho o, al menos, tener contratos indefinidos. También solicitan una compensación por el abuso de contratos temporales.

El TJUE critica que la legislación española no sanciona adecuadamente el abuso de temporalidad en el sector público. Señala que la Ley 20/2021 no ofrece una compensación suficiente ni una reparación adecuada para los afectados, fijando límites en las indemnizaciones que no cubren los daños.

El tribunal insta a los tribunales españoles a interpretar la normativa en línea con el derecho comunitario, sugiriendo que convertir a los interinos en trabajadores fijos, sin hacerlos funcionarios de carrera, puede ser una sanción adecuada. Esta medida no violaría la Constitución ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo, asegura el fallo.

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